V - Eventos
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¿Quién debe solicitar esta categoría de visa?
Esta visa permite a su titular asistir a convenciones y actividades comerciales, culturales o académicas como ponente, expositor, participante, artista, atleta, juez, concursante, organizador o personal logístico.
Esta categoría de visa es para nacionales de países que no están exentos de estancias cortas.
Los titulares de pasaportes de cualquiera de los países exentos de visa a corto plazo que sean invitados por una institución académica como ponentes, profesores o investigadores no necesitan solicitar esta visa.
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¿Cuáles son los beneficios y restricciones de esta visa?
Validez de hasta un año, pero solo puedes permanecer 180 días en el país.
Esta visa puede ser válida por hasta un (1) año. Sin embargo, ten en cuenta que la permanencia autorizada en el territorio colombiano será de 180 días (continuos o discontinuos) dentro del período de 365 días una vez que la visa sea aprobada.
Por ejemplo, si se aprueba el 1 de mayo de 2024, tu visa será válida hasta el 1 de mayo de 2025. Pero solo puedes permanecer en el país 180 días de esos 365 días, lo cual debería ser suficiente para asistir al evento. Si tienes planes diferentes al evento, entonces deberías considerar cambiar de categoría de visa.
Esta visa no admite beneficiarios
Si necesitas traer a tu cónyuge, compañero permanente o hijos, deben solicitar sus propias visas o considerar una categoría de visa que permita beneficiarios.
Sin permiso de trabajo
Ten en cuenta que este tipo de visa no te permite trabajar en Colombia para empresas colombianas, ya que no tiene un permiso de trabajo.
No se acumula tiempo para la residencia
Dado que es una visa de tipo visitante (V), esto no te permitirá agregar tiempo para solicitar una visa de residente o (R).
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Requisitos
Esta categoría de visa debe ser solicitada por una empresa patrocinadora.
1. Carta de patrocinio
- Proporcionar una carta detallada del representante de la entidad legal. Esta carta debe incluir:
2. Certificado de constitución para empresas extranjeras
Si la empresa está registrada fuera de Colombia, se deberá aportar un certificado de existencia o representación legal o documento de constitución. Este documento debe estar apostillado o legalizado y traducido al español si es necesario.
3. Extractos bancarios de la empresa patrocinadora
Se deberá aportar extractos bancarios de los últimos tres meses previos a la solicitud. Las entidades públicas están exentas de esto. Las personas deben demostrar que tienen un ingreso al menos tres veces el salario mínimo legal.